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RECAUDACION TRIBUTOS LOCALES

Fecha: 31-Oct-2011


Por Decreto de la Presidencia de la Diputación Provincial número 1262 de 31/05/2011, se han aprobado los CENSOS DE CONTRIBUYENTESY EXENTOS, correspondientes al ejercicio 2011, de los siguientesmunicipios que tienen delegada la gestión tributaria y recaudatoria en la Diputación
Provincial de Huesca.
-IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA
URBANA Y DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.
-IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.
-Agua Potable y Canon de Saneamiento año 2010.
De conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003,de 17 de diciembre, General Tributaria, en el artículo 14.2.c) del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y en las cláusulas de los Convenios
para la prestación del Servicio de Gestión y Recaudación de ingresos de derecho público, se procede a la notificación colectiva mediante la exposición al público durante un plazo de 10 días de los CENSOS DE CONTRIBUYENTES Y DE
EXENTOS anteriormente enumerados, los cuales podrán ser examinados por los interesados en los Ayuntamientos respectivos, en la correspondiente Oficina de Recaudación y en el Servicio Provincial de Tributos Locales, C/ Porches de
Galicia, nº 4 de Huesca.
El período de recaudación en voluntaria comprenderá desde el día 17 de junio hasta el día 19 de agosto de 2011, ambos inclusive.
El cargo de los recibos domiciliados en las cuentas de los contribuyentes se efectuará en dos fechas:
- 4 DE JULIO: Recibos de IVTM y Tasas, recibos de IBI Urbana de menos de 50 euros y primer plazo de recibos de IBI Urbana de importe igual o superiora 50 euros.
- 4 DE OCTUBRE: Segundo plazo de recibos de IBI Urbana de importe igual o superior a 50 euros.
Según lo dispuesto en el artículo 14.2 c) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, contra la aplicación
y efectividad de los datos que allí aparecen, podrá interponerse recurso de reposición ante la Presidencia de la Diputación Provincial en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública de los correspondientes censos. El citado recurso se entenderá desestimado si transcurre un mes desde su interposición sin que se notifique su resolución.
El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Huesca, será de dos meses, contados
desde el día siguiente al de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa, el plazo será de seis meses contados desde el día siguiente en que el recurso de reposición deba entenderse desestimado por silencio administrativo.
Huesca, a 3 de junio de 2011.- La tesorera,
Constanza Sánchez Belda.

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